Declaración Jurada de Patrimonio

La presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio es una obligación que debe cumplir todo funcionario o empleado público, así como los particulares en los casos previsto en la Ley Contra la Corrupción y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF).

Para facilitar el cumplimiento de dicha obligación la Contraloría General de la República implantó el "Sistema para la Presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio en Formato Electrónico", mediante el cual todo funcionario o empleado público debe presentar su situación patrimonial.

Requerimiento previo:

A los fines de la presentación de la declaración jurada de patrimonio, los responsables del área de recursos humanos de los órganos y entes señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de la LOCGRSNCF, deberán incorporar previamente en el Sistema de Registro de Órganos y Entes del Sector Público de la Contraloría General de la República, la información sobre el personal y los respectivos movimientos de ingresos y ceses dentro de los cinco (05) días siguientes a que estos se produzcan.



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