DefiniciónEl Sistema de Registro de Órganos y Entes del Sector Público (SISROE) implantado por la Contraloría General de la República mediante Resolución Nº 01-00-049 del 09/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.138 del 13/03/2009, es el sistema donde deben registrarse todos los órganos y entes señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, con el propósito de simplificar la presentación en formato electrónico de la Declaración Jurada de Patrimonio por parte de todos los obligados a presentarla, así como para garantizar el control y seguimiento por parte de las áreas de recursos humanos de los órganos y entes del sector público.
En este sentido, los responsables del área de recursos humanos de los órganos y entes indicados anteriormente, deberán incorporar en el referido Sistema la información institucional respectiva, así como la información relativa a los movimientos de ingresos y egresos de personal, dentro de los cinco (5) días hábiles a que estos se produzcan.
Preguntas Frecuentes
¿Qué Órganos o Entes deben Registrarse ante la Contraloría General de la República (CGR)?
Todos los Órganos y Entes sujetos al control, vigilancia y fiscalización de la CGR, de acuerdo con lo señalado en el artículo 9, en sus numerales 1 al 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal.
¿Qué es una declaración de ingreso, cese y actualización?
La declaración de ingreso es aquella que realiza el funcionario al inicio de la relación laboral. La declaración de cese es aquella que realiza el funcionario cuando culmina la relación laboral con el Órgano o Ente bien sea por: remoción, jubilación o renuncia. La declaración de actualización es aquella que realizan los Altos Funcionarios y Personal de Confianza de los Órganos y Entes durante el mes de julio o cuando el Contralor General de la República mediante Resolución publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela así lo solicite.
¿Qué datos debo mantener actualizados en el Sistema?
- Datos de Ubicación del Órgano/Ente.
- Datos de los funcionarios que desempeñen los siguientes cargos:
- Máxima Autoridad.
- Auditor Interno.
- Titular de la Oficina de Atención al Ciudadano.
- Personal de alto nivel y de confianza.
- Movimientos de Ingreso y Cese del personal administrativo, obrero, contratado, comisión de servicio.
¿En caso de no poseer las claves, cómo puedo recuperarlas o actualizarlas?
- En caso de los operadores del sistema, el supervisor puede realizar un reenvío de clave desde el SISROE.
- El Supervisor del SISROE debe ser el responsable formal del área de recursos humanos y en caso de requerir clave como usuario supervisor del referido sistema debe enviar oficio a la Dirección de Declaraciones Juradas de Patrimonio, solicitando la asignación de clave e indicar nombres y apellidos, cédula de identidad, correo personal gmail (no institucional). El oficio debe estar suscrito por el responsable del área de talento humano o la máxima autoridad de la institución pública e indicar la cualidad en que actúan y remitir a alguna de las direcciones de correo electrónico:>cambiopesisroe@cgr.gob.ve
¿Qué debo hacer si un funcionario presenta error en sus datos básicos?
Enviar la Certificación de Datos Filiatorios expedida por el SAIME y la Copia de la Cédula de Identidad a la siguiente dirección de correo electrónico ddjpcambiosaime@cgr.gob.ve
¿Es necesario realizar Declaración Jurada de Patrimonio por ascenso?
Depende del caso. Si el ascenso es para un cargo de alto nivel/ de confianza, la funcionaria o funcionario público debe realizar la actualización de la Declaración Jurada de Patrimonio en el mes de julio de cada año, caso contrario no.
¿Cuáles funcionarios deben presentar Declaración Jurada de Patrimonio por concepto de actualización?
En principio, las funcionarias y funcionarios que se encuentren enmarcados en los Artículos 2 y 3 de la Resolución 01-00-000160 de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 40.905 del 17/05/2016. Esa lista no es limitativa, no es taxativa.
¿Cuáles son los pasos a seguir para concluir el Registro del Órgano/Ente en el SISROE?
- Completar los Datos Generales del Órgano/Ente.
- Agregar los Cargos del Órgano/Ente.
- Cargar la información referente a:
- Máxima Autoridad.
- Titular de la Oficina de Atención al Ciudadano.
- Titular de la Oficina de Auditoria Interna.
- Realizar el registro de forma masiva o individual de los Altos Funcionarios o Personal de Confianza. (ver instructivo)
- Efectuar el registro de forma masiva o individual del Personal Administrativo, Obrero y Contratado. (ver instructivo)
¿Los funcionarios que se encuentran en Comisión de Servicio, deben realizar Declaración Jurada de Patrimonio?
Si, ya que están investidos de funciones públicas de manera transitoria, de acuerdo al artículo 3 de la Ley Contra La Corrupción, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.699 Extraordinario de fecha 02/05/2022.
EN CASO DE DUDAS COMUNÍQUESE AL 0800-DECLARA (0800-3325272) O A LAS DIRECCIONES DE CORREOS ELECTRÓNICOS SIGUIENTES: ddjp@cgr.gob.ve y ddjpcambiocorreo@cgr.gob.ve
Requisitos para el Registro
- Gaceta u Ordenanza de Creación.
- Oficio de registro. (descargar)
- El oficio de registro debe contener:
- Nombre completo, cédula de identidad y correo personal activo, de los funcionarios asignados a operar el sistema.
- Firma de la Máxima Autoridad o del Representante de Recursos Humanos.
- Sello húmedo de la institución.
- Dirección de Ubicación.
- Teléfonos.
- Correo institucional en caso de tenerlo.
- Es importante mencionar SI posee o NO posee Unidades Administradoras Desconcentradas.
La información debe ser enviada a la siguiente dirección de correo: ddjpregistrosisroe@cgr.gob.ve
IMPORTANTE: EL OFICIO NO DEBE ESTAR EN MANUSCRITO, OBLIGATORIAMENTE DEBE SER LLENADO EN COMPUTADORA.
Preguntas Frecuentes sobre el Registro
- ¿Qué cantidad de funcionarios deben ser asignados para la operar el sistema?
Se deben asignar como mínimo uno (1) máximo tres (3) funcionarios. - ¿Qué significado tiene el rol supervisor y el rol operador?
Los roles pueden estar constituidos por funcionarios asignados por el Director o Representante de Recursos Humanos. El Rol Supervisor es integral por tener acceso a todas las operaciones del sistema además de administrar a los usuarios, es decir, permite activar o inactivar a los operadores, en cambio, el Rol Operador solo tiene acceso a las operaciones del sistema. - ¿Qué es una Unidad Administradora Desconcentrada?
Son aquellas direcciones, oficinas o entes que tienen relación de subordinación directa con el Órgano o Ente.
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